Documentación para el viaje de menores

Para viajar con menores, hay que conocer qué documentación exige cada país o medio de transporte (los documentos pueden variar) y tenerla en vigor. El no disponer de los documentos que se piden (tanto en España como en el lugar al que se viaja) puede ocasionar la denegación del embarque o del ingreso en otro país.

Los menores de 18 años si viajan solos o en compañía de otras personas como mínimo deberán llevar:

  • DNI (Documento nacional de identidad). Toda persona mayor de 14 años está obligada, por ley, a tener DNI. Los menores de esa edad no tienen esa obligación, sin embargo, muchas compañías aéreas lo piden. Es válido para viajar en España, en la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo.
  • Autorización del padre, madre o tutor legal. Esta autorización se obtiene, compareciendo personalmente en las Comisarías de Policía, puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarías y Ayuntamientos. Para obtener la autorización se requiere la presentación del DNI de la persona que autoriza, el del joven autorizado y el libro de familia. Es especialmente necesario cuando el menor va a viajar solo o a cargo de otras personas que no sean sus padres (con la familia de un amigo del colegio, con sus profesores de instituto …) También es útil cuando sus padres están divorciados y viaja solo con uno de ellos al extranjero. La autorización es imprescindible si el menor, en lugar de pasaporte, solo tiene DNI.

Otros documentos según destino

  • Pasaporte: este documento habilita a su portador a viajar a otros países del mundo. En algunos destinos hay que presentar además un visado de turista. Este requisito es indistinto para los mayores y los menores.
  • Libro de familia: si el menor viaja con sus padres, es aconsejable que estos lleven el libro de familia, sobre todo, en España. En general, el libro no es imprescindible para el viaje en sí, sino para realizar la tramitación previa de otros documentos – como el DNI o el pasaporte – puesto que, al no incluir fotografías de los niños, no se considera válido como documento de identificación. Sin embargo, es un elemento más que prueba la relación de consanguinidad y que recoge, a su vez, que esos adultos tienen la patria potestad y la custodia del niño. Cuando el documento lo permite, conviene que los hijos estén inscritos en los pasaportes de sus padres, donde sí figura su fotografía.
  • Tarjeta sanitaria internacional: no es obligatoria en todos los casos, pero varios países la exigen, incluso dentro de la Unión Europea. Además de los seguros médicos privados que se puedan contratar, supone una tranquilidad extra para la familia que viaja, ya que habilita a sus titulares a recibir atención médica en los servicios sanitarios públicos del país de destino.
  • Vacunación: hay una extensa lista de países a los que no se puede viajar sin haberse vacunado antes contra ciertas enfermedades.